El despido ante el CMAC ha de presentarse dentro del plazo de veinte dias desde que se despida al trabajador.
despido ante el CMACEl CMAC es el Centro de Mediación, Arbitraje y
Conciliación (CMAC) perteneciente a la Junta de Andalucía, que conoce
de la conciliación previa en los procedimientos laborales. La papeleta
de despido ante el CMAC la puede presentar el mismo trabajador o
cualquier persona autorizada por él.
IMPORTANTE: Actualmente, la papeleta de despido ante el CMAC puede ir
acompañada de la reclamación de los salarios debidos al trabajaor al
momento del despido. Antiguamente cuando un trabajador quería reclamar
por despido y por salarios dejados de percibir, tenía que presentar DOS
PAPELETAS DE CONCILIACION; hoy en dia, con una sola basta, aunque se
reclamen por varios conceptos.
El trabajador, cuando presenta la
papeleta ante el CMAC, debe indicar si se trata de un DESPIDO
IMPROCEDENTE, por CAUSAS OBJETIVAS (económicas) etc.
¿Qué plazo hay para presentar el despido ante el CMAC?
El plazo es de VEINTE DIAS. Este plazo hay que contarlo desde el dia
siguiente al despido, ya se haya producido de manera verbal o se lo haya
comunicado la empresa por escrito.
Una vez se haya presentado el
despido ante el CMAC, el plazo de veinte dias quedará en suspenso hasta
que se celebre el acto de conciliación. Una vez celebrado con el
resultado que sea (SIN EFECTO, SIN AVENENCIA) continuará ccomputándose
el plazo que reste hasta los veinte dias, que es el máximo para
presentar la demanda en el Juzgado. Veamos esto con un EJEMPLO:
Si me despiden el dia 10 de septiembre de 2013, tengo 20 dias
hábiles para presentar la demanda de despido ante el Juzgado. Ahora
bien, como es obligatorio presentar la conciliación del despido ante el
CMAC, debo presentarla lo antes posible para que me suspendan el cómputo
de ese plazo. Si presento la conciliación el dia 20 de septiembre de
2013, he consumido 7 dias hábiles, por lo que una vez celebrada la
conciliación, me restarán 13 dias hábiles para acudir al Juzgado.
Los veinte dias son hábiles, es decir que no se cuentan los sábados,
domingos ni dias festivos. El mes de Agosto se considera hábil.
¿Qué ocurre cuando se presenta el despido ante el CMAC?
1.- Una vez presentada la papeleta de conciliación ante el CMAC, se
señalará dia y hora para la celebración del acto de conciliación, es
decir se va a intentar que, tanto el trabajador como el empresario,
lleguen a un acuerdo que ponga fin a sus diferencias.
2.- El CMAC se encargará de citar a la empresa.
3.- La empresa puede acudir a esa conciliación o no.
4.- Si la empresa no acude al dia señalado, se celebra el acto “SIN
EFECTO”. Es decir, que como no ha habido acuerdo por falta de
presentación del empresario, se deja vía libre para que el trabajador
puede interponer una demanda ante el Juzgado de los Social.
5.- Si la empresa acude a la conciliación, pueden ocurrir dos cosas:
a) Que no se alcance ningún acuerdo, con lo cual se da por terminado el acto “SIN AVENENCIA”.
b) Si se alcanza un acuerdo entre las partes, y la empresa se
compromete a pagar una cantidad al trabajador dentro de un plazo
determinado, dicho acuerdo será ejecutivo, lo que significa que el
trabajador podrá dirigirse al Juzgado a reclamar dicho acuerdo.
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